1º.- Reunir documentación:
Escrituras de adquisición y transmisión (venta, aceptación de herencia, donación, etc…)
Copia del impuesto pagado
2º.- Visita sin coste
Nuestros abogados especialistas se reunirán con usted para estudiar su caso. Puede concertar visita en los teléfonos al pie indicados o a través de nuestro formulario.
3º.- Reclamación Administrativa
Obligatoriamente debe realizarse una reclamación ante el ayuntamiento, transcurrido el plazo legalmente establecido, en caso de no obtener respuesta podrá iniciarse la vía judicial.
4º.- Reclamación judicial
Agotada la vía administrativa sin un resultado positivo, continuaremos la reclamación en la vía judicial ante los tribunales competentes.